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Resolución de la asamblea general de la ONU sobre protección de las defensoras de derechos humanos y las personas defensoras de los derechos de la mujer

La incansable e importante labor de las defensoras de los derechos humanos cuestionando y transformando los roles tradicionales de género y ejerciendo ciudadanía para la construcción de sociedades más democráticas y justas, así como su papel en la protección y la prevención de las situaciones de discriminación y violencia contra las mujeres, son prioridades para la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU Mujeres) y para el logro de la agenda de igual- dad de género.


Los instrumentos internacionales con- sagran derechos que los Estados deben respetar y garantizar a todas las personas, y la labor de las y los defensores de los derechos humanos es fundamental para la debida implementación de estos derechos, así como para el fortalecimiento de las democracias y el Estado de derecho. Sin embargo, en un contexto toda- vía caracterizado por múltiples desigualdades y defi- ciencias en la protección de los derechos de las personas, las y los defensores de los derechos huma- nos de las mujeres se convierten en blanco de agre- siones y amenazas por motivo de su trabajo.

Las medidas de La Organización de las Naciones Uni- das (ONU) en favor de las y los defensores de los dere- chos humanos se basan en el reconocimiento de que gracias a su voz y a su denuncia hemos logrado visibi- lizar y hacer parte de la agenda pública de los países los temas fundamentales para la humanidad. De igual manera, consideran que la implementación de las normas internacionales de derechos humanos depende en gran medida de la contribución de las y los individuos y los grupos que trabajan en su defensa, convirtiendo el apoyo y la protección de estos defen- sores en un componente fundamental para lograr el respeto universal de los derechos humanos.

Asi- mismo, identifican que las y los defensores de los derechos humanos a menudo son objeto de violacio- nes de sus derechos precisamente a causa de su labor, y que el ejercicio de esta labor es un derecho en sí mismo que se debe proteger.

Las violencias específicas que experimentan las defensoras de los derechos humanos, así como el impacto que tienen estas agresiones en sus vidas y activismo, son cada vez más evidentes. Las defenso- ras, además de enfrentar los mismos riesgos que los defensores, afrontan violencias que suelen justifi- carse con base en las normas sociales, las costumbres, la religión y la tradición. Todo ello ha puesto de mani- fiesto la necesidad de adoptar medidas de protección que aborden las distintas necesidades y realidades de las defensoras.

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