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Consejo de Derechos Humanos: 36 períodos de sesiones, el mismo número de conflictos, y «la cuestión de la pena de muerte»

El 36° período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas finalizó en los últimos días de septiembre con algunos éxitos, algunos signos de pregunta y algunos momentos de «no puedo creer lo que acabo de oír».

Y en general, este período permitió otra partida de juegos de Estados protagonizada por los Gobiernos, que esgrimieron el poder en ventaja propia y utilizaron ideas sobre cultura, soberanía y política económica neoliberal como táctica para afirmar su dominación regional o nacional.

Para bien y para mal, los asuntos referidos a los derechos humanos de las mujeres se mantuvieron como tema durante todo el período de sesiones.

El Consejo de Derechos Humanos (HRC, por su sigla en inglés), que se reúne en general tres veces por año en Ginebra, es el principal «cuerpo político» de Naciones Unidas, en el cual los Gobiernos promueven principios de derechos humanos pero también dirimen conflictos políticos. En este período, las discusiones regionales «de alta gama» estuvieron centradas en Siria y Palestina.

Las delegaciones gubernamentales discutieron (en términos sumamente diplomáticos, por supuesto) sobre el régimen de Assad y la ocupación de Palestina por parte del Gobierno de Israel, y sobre qué estrategias se deben adoptar o descartar para poner fin a las crisis humanitarias y de derechos humanos que están ocurriendo allí.

Pero cada período de sesiones del Consejo también convoca debates donde los Gobiernos adoptan resoluciones nacionales y temáticas. Los temas de género y sexualidad son, a menudo, las fibras ocultas de esos debates.

La cuestión de la pena de muerte

Una de las resoluciones más controvertidas estuvo centrada en «la cuestión de la pena de muerte», pero la discusión en realidad no giró alrededor de si su uso infringe los derechos humanos, que es lo que ciertamente hace. La pena de muerte, por ejemplo, viola no solo el derecho a la vida sino también el derecho de las personas a no ser sometidas a tratos crueles, inhumanos o degradantes. Dado que los Gobiernos no han logrado llegar a un acuerdo sobre su abolición, siguen dándose mutuamente permiso para asesinar legalmente, sobre la base de reclamos de soberanía de los sistemas legales nacionales.

En este caso, la resolución del HRC se focalizó en el derecho a la igualdad y la aplicación discriminatoria en el uso de la pena de muerte, con algún énfasis en «lamentar» y «repudiar» la ejecución de quienes ejercitan sus derechos a la libertad de expresión y de reunión, de quienes son menores de 18 años en el momento del crimen y de las personas con discapacidades mentales o intelectuales y, en un guiño interesante a los derechos sexuales y de género, con inquietudes sobre la ejecución de mujeres embarazadas, de personas que tienen relaciones sexuales con personas de su mismo sexo y de quienes participan en relaciones adúlteras.

Respecto de este último ítem, el texto definitivo de la resolución se señaló el uso desproporcionado de la pena de muerte para castigar a las mujeres que tienen relaciones sexuales fuera del matrimonio heterosexual (por supuesto, en el texto no se utiliza este lenguaje exactamente, pero implica heteronormatividad)

El lenguaje del adulterio y el foco puesto en las mujeres es un desarrollo positivo en lo que respecta a promover un análisis de género del asesinato a manos del Estado. También lo es la referencia a las personas que son ejecutadas debido a su orientación sexual real o percibida. Algunas delegaciones se opusieron a estas referencias al género y la sexualidad, con argumentos extremistas apenas velados: sostuvieron que el lenguaje de la resolución era contrario a sus sistemas nacionales y culturales. 

En otras palabras, argumentaron que, debido a que sus culturas o sus sistemas legales permiten matar gente que tiene determinados comportamientos sexuales, no podían votar en apoyo del lenguaje no discriminatorio (o en ciertos casos, de ningún lenguaje) incluido en el texto. Se propusieron casi diez enmiendas a la resolución (todas presentadas por Arabia Saudita, Egipto y Rusia) para limitar su alcance. Dos estuvieron centradas en el tema de la soberanía misma. Todas las enmiendas fueron rechazadas, pero, sin embargo, lxs defensores de los derechos humanos y los derechos sexuales tienen motivos de preocupación, dado que algunas votaciones fueron demasiado ajustadas. 

Los Estados que votaron en contra de la resolución fueron Arabia Saudita, Bangladesh, Botsuana, Burundi, China, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos, Etiopía, India, Irak, Japón y Qatar.

Respecto del voto final y los medios: después de concluido el período de sesiones del Consejo, algunos medios informativos han utilizado, en su cobertura de la resolución sobre la pena de muerte, un «giro gay» que es un tanto engañoso. Han dado a entender que Estados Unidos votó contra la resolución porque referenciaba el comportamiento homosexual consensual. De hecho, en algunos casos este giro hizo que pareciera que esa referencia fuera el núcleo de la resolución. Pero en realidad, Estados Unidos en general vota contra cualquier resolución sobre la pena de muerte, porque la ejecución sigue siendo una forma de castigo legal y utilizada (tan recientemente como a principios de octubre en los estados de Alabama, Florida y Texas).

Por lo tanto, el contenido de cualquier resolución puede no importar demasiado: Estados Unidos se opondrá de cualquier modo.

Inversión en la ejecución y el menoscabo del marco de los derechos humanos

Esto es lo que está sucediendo en realidad: en sus esfuerzos por debilitar la universalidad del marco de los derechos humanos, los Estados continuamente formulan un lenguaje de soberanía para forzar las batallas y, a menudo, incluyen argumentos sobre la «preservación de la cultura» y la protección de los sistemas legales nacionales.

Algunos de sus argumentos carecen completamente de fundamentos. Resulta difícil creer que todavía, en 2017, ciertas delegaciones gubernamentales hagan estas afirmaciones: en una negociación preliminar sobre el lenguaje del borrador, un delegado del Gobierno de Rusia expresó su preocupación respecto de la defensa de los derechos de las personas que practican la pedofilia. Ese argumento es tremendamente anticuado y siempre indignante. 

No hay absolutamente ninguna conexión entre las relaciones homosexuales consensuales y el abuso sexual de menores, por lo que este fue un esfuerzo manipulador y ofensivo por plantear interrogantes al insinuar un vínculo.

La conclusión es que muchos Gobiernos todavía quieren castigar y cobrarse vidas, a veces para obtener un beneficio, y a veces para demostrar algo.

Recordemos que existen industrias y estructuras que sostienen la pena de muerte, ya sea a través del complejo carcelario que procura prisionerxs con fines de lucro o para mantener una jerarquía racial, ya sea a través de sistemas culturales que buscan regular el comportamiento sexual y las normas de género para promover sus ideas sobre identidad nacional o religiosa.

Derechos humanos, derechos de las mujeres y derechos sexuales en el HRC36

A continuación, se enuncian algunas otras cosas que sucedieron en el 36° período de sesiones del Consejo que son relevantes para los derechos humanos, los derechos de las mujeres y los derechos sexuales.

  • Discusión anual sobre la integración de una perspectiva de género en el Consejo

Este panel de discusión tiene lugar en todas las sesiones de septiembre del HRC. Este año, el tema fue el género en el Examen Periódico Universal, que es el sistema mediante el cual los Estados supervisan la situación en materia de derechos humanos y la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

  • Transversalización de género y un nuevo bloque lingüístico de Gobiernos

Una nueva agrupación de Estados lusófonos presentó su primera resolución al Consejo. Es curioso que eligiera la transversalización de género en los ODS como su tópico principal, sin el apoyo de movimientos activistas o de la sociedad civil. La resolución simplemente establece una reunión de dos días para analizar más profundamente el tema. Pero el peligro reside en que genera lo que algunxs activistas feministas consideran un resultado no demasiado útil, en particular porque existen otros ámbitos para las discusiones sobre género y los ODS.

Algunas personas también creen que este proceso de reuniones es potencialmente un vehículo no esencial para mayores ataques a los derechos de las mujeres y de género dentro del sistema de Naciones Unidas. Cualquier nueva discusión sobre género dentro del sistema de Naciones Unidas debería ser impulsada por los movimientos y estar cuidadosamente planificada; en el actual clima político, los riesgos a menudo superan los beneficios.

  • Derecho al desarrollo

Los debates sobre este tema, y la resolución conexa, revelan en forma consistente las profundas divisiones que existen dentro del Consejo. El problema es moldeado como arcilla geopolítica por los Gobiernos, tanto aquellos que apoyan como los que se oponen al derecho al desarrollo. Aquí es donde los muy reales legados del imperialismo y el colonialismo chocan contra el capitalismo y la política liberal, y contra las ideas manipuladas sobre identidad cultural, en lo que a menudo solo resulta ser un revoltijo geopolítico.

En un análisis sumamente simplificado: a Unión Europea y Estados Unidos, junto con otros Estados ricos, protegen sus intereses económicos devaluando el derecho al desarrollo. Estados menos ricos como Venezuela y Cuba reclaman el reconocimiento del derecho y la responsabilidad de otros por el desequilibrio global de riqueza y poder. Es el momento en el que intervienen también los Estados ricos que no tienen intención de apoyar el sistema de derechos humanos, como China, utilizando habitualmente una perspectiva anti-derechos.

Y muchos Estados ubicados en ambos lados de este debate manipulan los argumentos para su beneficio político, en lo que equivale a una ficticia y desafortunada batalla derechos humanos versus desarrollo.

  • Otras resoluciones sobre derechos humanos

Muchas otras resoluciones fueron adoptadas ya sea por consenso o mediante el voto. Son particularmente interesantes las que tratan sobre represalias contra activistas, niñxs y adolescentes migrantes no acompañadxs, empresas militares y de seguridad privadas, acciones sobre la intolerancia relacionada con la raza, el racismo y la xenofobia, los pueblos indígenas, y la objeción de conciencia al servicio militar.

  • La religión como fuerza política

Como siempre, asistimos al intensificado rol de varias fuerzas religiosas, incluido el Vaticano, con la Santa Sede como el único cuerpo religioso que funciona como Estado; las posiciones del Gobierno ruso que reflejan la influencia de la Iglesia Ortodoxa Rusa, y las fervientes ONG cristianas evangélicas de derecha, anti-gay y anti-derechos de las mujeres, que atacan los derechos de las mujeres al aborto seguro y legal, entre otras cuestiones.

  • Derechos humanos de las mujeres y defensa de los derechos sexuales y reproductivos

A pesar de la oposición, y en forma simultánea con el panel y la resolución antes mencionados, algunos Estados y ONG participaron en eventos inteligentes y estratégicos. Por ejemplo, para conmemorar el 28 de septiembre, Día de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal y Seguro, Sexual Rights Initiative organizó un evento enfocado en el uso de los derechos humanos para garantizar el acceso al aborto seguro y legal. Otro evento estuvo centrado en la salud sexual y reproductiva en situaciones de conflicto y posconflicto.


A su cierre, el 36° período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos puso de manifiesto profundas divisiones y conflictos ideológicos a través de las fronteras de los Estados, bpero también la sostenida influencia positiva de las demandas de los movimientos sociales. Parte de la programación del Consejo sigue siendo innovadora y decididamente feminista, en particular porque los derechos relacionados con el género, la salud sexual y reproductiva y el aborto seguro y legal estuvieron presentes en el período de sesiones.

Sin embargo, lxs defensores de derechos humanos deben mantenerse alerta en este espacio de Naciones Unidas, porque, sin nuestra atención, los matices que protegen el derecho de todas las personas a gozar de todos los derechos humanos quedarán sumergidos. Debemos estar ahí, y debemos relatar lo que sucede: tanto por lo que se dice, como por lo que deliberadamente no se dice.


 

Cynthia Rothschild es una activista y consultora independiente especializada en derechos humanos, género y sexualidad.

 

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Análisis
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Global
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AWID