Una gobernabilidad económica diferente
Contexto
La crisis económica global actual ofrece claras evidencias de que las políticas económicas de las últimas tres décadas no han funcionado.
La devastación causada por la crisis en los hogares más vulnerables del Norte y del Sur Globales nos recuerda que la formulación de políticas económicas y la realización de los derechos humanos (económicos, sociales, políticos, civiles y culturales) han estado separados durante demasiado tiempo. Las políticas económicas y los derechos humanos no tienen por qué ser fuerzas opuestas sino que pueden existir de manera simbiótica.
Las políticas macroeconómicas afectan el funcionamiento de la economía en su totalidad, e influyen sobre la disponibilidad y la distribución de los recursos. En este contexto, las políticas fiscales y monetarias son fundamentales.
Definición
- Las políticas fiscales incluyen tanto los ingresos como el gasto público, y la relación entre ambos tal como queda expresada en el presupuesto gubernamental.
- Las políticas monetarias abarcan las políticas sobre tasas de interés y de cambio así como la oferta de dinero y la regulación del sector financiero.
- Las políticas macroeconómicas se implementan a través de instrumentos como los impuestos, el gasto del estado y el control sobre la oferta de dinero y de crédito.
Estas políticas afectan los principales precios como las tasas de interés y de cambio que a su vez influyen de manera directa sobre otros elementos como el nivel de empleo, el acceso a créditos que se puedan pagar y el mercado de la vivienda.
Aplicar un marco de referencia de derechos humanos a las políticas macroeconómicas les permite a los Estados cumplir mejor con su obligación de respetar, proteger y promover los derechos económicos y sociales. Los derechos humanos son estándares universales que gozan de consenso internacional. Estas normas legales se expresan en tratados de Naciones Unidas como la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).
El artículo 1 de la DUDH dice que «Todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos».
Aunque la DUDH fue escrita hace más de seis décadas, su relevancia perdura. Muchas de las ideas que expresa se refieren a preocupaciones y temáticas centrales a las que continuamos enfrentándonos en todo el mundo: el rechazo a los tratos crueles, inhumanos o degradantes (artículo 5), protección contra toda discriminación (artículo 7), la propiedad (artículo 17), igual salario por trabajo igual. (artículo 23.2) y el acceso a la educación (artículo 26.1) son asuntos pertinentes tanto en países ubicados al norte como al sur del Ecuador.
En un sentido más específico, la legislación internacional obliga a los Estados a respetar, proteger y promover los derechos humanos, que incluyen a los derechos económicos y sociales, de las personas bajo su jurisdicción. Esto cobra una relevancia particular en este momento de crisis financiera. En Estados Unidos, la regulación estatal se desvirtúa en función de intereses particulares. El fracaso en cuanto a extender el rol de supervisión de los gobiernos en el contexto de cambios sociales y económicos es también un fracaso frente a la obligación de proteger los derechos humanos.
Perspectivas feministas
Para realizar los derechos económicos y sociales, los Estados deben cumplir con los principios fundamentales de derechos humanos. Algunos de esos principios pueden tener consecuencias importantes para la gobernabilidad de las instituciones y mercados financieros, pero esas posibilidades todavía no se han explorado del todo.
Los derechos económicos y sociales tienen una base institucional y legal concreta. Las declaraciones globales, tratados internacionales, pactos y en varios casos también las constituciones nacionales han incorporado aspectos del marco de referencia de los derechos económicos y sociales, por lo que ofrecen una infraestructura institucional en el derecho doméstico e internacional.
Algunas personas consideran que tal vez no resulte útil pensar en una justicia global por las complejidades institucionales que implica. Sin embargo, esto pasa por alto el hecho de que las instituciones globales ya ejercen impactos tanto positivos como negativos sobre la justicia social.
Resulta útil identificar las consecuencias que tienen algunos elementos de los marcos alternativos para la gobernabilidad económica y específicamente los que cuentan con el apoyo de instituciones existentes. Los derechos económicos y sociales constituyen uno de esos marcos de referencia específicos. Se trata de un marco de referencia en continua evolución que requiere de conversaciones y deliberaciones permanentes para abordar sus áreas aún no desarrolladas y sus potenciales deficiencias.
Para leer más acerca de esta propuesta:
- How to Apply a Human Rights Framework to Macroeconomic Strategies [Cómo aplicar un marco de derechos humanos a las estrategias macroeconómicas] (en inglés) del Center for Women’s Global Leadership (CWGL)
- Esta sección está inspirada por la entrada del blog del CWGL “Applying a Human Rights Framework to Macroeconomic Policies” (2012). Ver (en inglés)