El sector privado puede desempeñar un papel importante en generar nuevos recursos para la realización del desarrollo sostenible y la agenda post-2015. Sin embargo, si no existen lineamientos claros sobre rendición de cuentas existe un riesgo inminente de que la agenda del desarrollo durante los próximos 15 años sea desproporcionadamente afectada por el financiamiento, las actividades y las prioridades del sector privado sin restricción alguna, lo que socava los derechos humanos.
Las organizaciones de la sociedad civil y las coaliciones que participan en los procesos del post-2015 y del Financiamiento para el Desarrollo (FpD) han expresado reiteradamente su preocupación por la participación desregulada y sin rendición de cuentas del sector privado en el financiamiento y la implementación del desarrollo sostenible. Por otra parte, varios Estados miembros han pedido garantías y propuestas concretas sobre cómo integrar la responsabilidad corporativa en los mecanismos de seguimiento y revisión del post- 2015 y FpD. En su informe de síntesis, el Secretario General también hizo hincapié en la necesidad de regulación, de cláusulas de salvaguardia y la presentación de informes obligatoria para las inversiones privadas en el desarrollo sostenible.
Los Estados tienen la obligación legal de proteger a todas las personas dentro de su territorio de violaciones de los derechos humanos por parte de terceros, lo que incluye a las entidades empresariales. Este deber de protección también se extiende fuera de su territorio. Los Estados tienen la obligación por el derecho internacional de proteger los derechos humanos más allá de sus fronteras, lo que incluye garantizar que las entidades empresariales que están en condiciones de regular - por ejemplo, las empresas con sede en su territorio - respeten los derechos humanos en todas sus operaciones en el extranjero. Los Estados también son los principales garantes de los derechos humanos: sus obligaciones no pueden ser “tercerizadas” hacia el sector privado, por ejemplo mediante la privatización de los servicios públicos que son esenciales para el disfrute de los derechos humanos. El Estado es siempre responsable de asegurar que estos servicios se presten de una manera que sea compatible con las obligaciones de derechos humanos del Estado y los principios relacionados.