NOTAS DE LOS VIERNES – AWID conversó con Dawn Cavanagh*, de la Coalición de Lesbianas Africanas (CAL) en Sudáfrica y del Iniciativa de los Derechos Sexuales (SRI), respecto a la importancia de la Resolución sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género recientemente adoptada por el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Esta resolución da seguimiento a la primera resolución sobre los mismos temas adoptada por la ONU hace tres años.
Por Shareen Gokal
AWID: El Consejo de Derechos Humanos de la ONU aprobó una resolución sobre orientación sexual e identidad de género en 2011. ¿Por qué fue importante otra que le diera seguimiento?
Dawn Cavanagh (DC): Es importante por varias razones. Me centraré en una que tiene implicancias para muchos otros asuntos “delicados” o “controversiales”. En el Consejo de Derechos Humanos (CDH) existe una comprensión y tradición de que las resoluciones se dan cada dos años y en ellas hay una construcción sistemática a partir de lo que se ha adoptado en resoluciones anteriores.
Es un mal precedente que a cualquier resolución, y ciertamente una sobre orientación sexual e identidad de género, se le pase el límite de dos años, luego el de tres años, y no haya una de seguimiento. Es más, esto abre la puerta a sucumbir ante una falla de liderazgo respecto a asuntos fundamentales de derechos humanos en el CDH.
Para algunas/os de nosotras/os, con la aprobación de esta segunda Resolución se afirmó que este asunto sigue siendo importante; continúa siendo un asunto de derechos humanos y uno que el CDH debe abordar. Fue una manera de afirmar e insistir en nuestro derecho a la libertad y autonomía sobre nuestros cuerpos y vidas, como también de oponer resistencia a las crecientes hostilidades y “contragolpes” por parte de actores estatales y no estatales a nivel mundial. Tenía que ver con la autonomía sobre nuestros cuerpos y vidas como mujeres, como trabajadoras/es del sexo, como personas con VIH y como personas con identidades de género no convencionales, entre otras... Ya era hora. Aun con un texto diluido.
AWID: Esta resolución fue presentada por Chile, Uruguay, Colombia y Brasil. ¿Cuál es la importancia de esto?
DC: Se alegó que los Estados latinoamericanos estaban conduciendo a esta Resolución debido a presiones del Norte global. Sin embargo, Sonia Corrêa, Asociada de Investigación de la Asociación Brasileña Interdisciplinaria de Sida (ABIA) y copresidenta del Observatorio de Sexualidad y Política, ha estado compartiendo con nosotras/os la larga trayectoria de Estados latinoamericanos que adoptan posiciones progresistas sobre la orientación sexual y la identidad de género en numerosos espacios intergubernamentales y multilaterales. Sabemos que hace algunos años Brasil dio el audaz paso de presentar una resolución sobre derechos humanos y orientación sexual en la entonces Comisión de Derechos Humanos actual Concejo de Derechos Humanos. Esa resolución fue retirada sin una votación, pero en junio de 2011 Brasil copatrocinó la Resolución 17/19 sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género.
La Resolución fue presentada por Chile, Brasil, Uruguay y Colombia—cuando se hizo obvio que Sudáfrica no estaba planeando presentar una segunda resolución en esta sesión—y eso tuvo el efecto de ayudar a disipar los erróneos alegatos de que la orientación sexual y la identidad de género son un asunto del Norte global.
AWID: ¿Cuáles fueron algunas de las más significativas concesiones que se hicieron para conseguir un mayor apoyo a la Resolución?
DC: Hubo tantas concesiones en el proceso de negociar de hecho el texto que se presentó. Fue una exhortativa mínima desde el principio: esencialmente a que hubiera un informe de seguimiento al informe del CDH publicado en noviembre de 2011—denominado Leyes y prácticas discriminatorias y actos de violencia cometidos contra personas por su orientación sexual e identidad de género—y un informe cada dos años a partir de entonces.
Lo imperativo era que este informe abordara las causas fundamentales de la violencia y discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género a nivel mundial. La necesidad de un informe que examinara el patriarcado y las causas y opresiones múltiples y confluyentes fue borrada incluso antes de que se aplicara tinta al papel. La inclusión de ese lenguaje, aun si al final se negociaba que sería excluido del texto, era importante para incorporar estas ideas en el diálogo.
El ya débil y diluido texto se diluyó aún más en las negociaciones. Esto se debió en parte a la Organización de la Conferencia Islámica (OIC), que insistió en que los estados que proponían la resolución la descartaran por completo o reemplazara cualquiera referencia a la orientación sexual y la identidad de género en el texto con lenguaje de la Declaración Universal de Derechos Humanos para tener en cuenta las diversas formas de discriminación y violencia por motivos de raza, sexo, pobreza, etc. Las tácticas de la OIC, junto a la aparente falta de apoyo por parte de otros miembros del Consejo, condujeron a un texto realmente mínimo, al compromiso a presentar un informe en 2015 (pero no informes regulares cada dos años) y a “compartir buenas prácticas y formas para superar la violencia y la discriminación, en aplicación de las normas y el derecho internacional de los derechos humanos en vigor” en lo concerniente a la orientación sexual y la identidad de género.
Desde un punto de vista feminista, lo que se perdió fue un lenguaje que pudiera servir como un puente verosímil entre la política pura y cruda de la identidad y un lente más amplio de sexualidad y género que incluya la interseccionalidad y la idea de la expresión de género, no sólo la identidad de género[1].
AWID: ¿De dónde provinieron las presiones contra la Resolución y cuáles argumentos se usaron contra ella?
DC: Los argumentos no fueron muy diferentes a los usados cuando en el Consejo se abordan otros asuntos relacionados con la autonomía corporal: que la orientación sexual y la identidad de género son una cuestión que polariza, es divisiva y, por lo tanto, es peligroso impulsarla sin mayor diálogo ni más tiempo. No fue una sorpresa que también se trajera a colación el asunto de la soberanía—esencialmente que los Estados no pueden imponerles esta cuestión a otros Estados. Hubo aseveraciones de que la Resolución viola valores éticos, culturales y religiosos de los Estados y sus leyes nacionales. Y por supuesto hubo una amplia resistencia a la idea de que se prepare y presente un informe cada dos años.
En definitiva, la polarización en el Consejo básicamente sobre líneas Norte/Sur globales anima el diálogo sobre la orientación sexual y la identidad de género—o motiva resistencia a ese diálogo. Los Estados del Sur global sostienen la posición de que los Estados del Norte global presten atención e inviertan más sistemáticamente en los derechos civiles y políticos que en los derechos económicos, sociales y culturales, incluyendo el derecho al desarrollo. Esto suscitó argumentos acerca de si votar por la Resolución. Acá también comprendemos que la resistencia de los Estados del Sur global a las amenazas de sanciones o sanciones reales relacionadas con las posiciones en torno a la orientación sexual y la identidad de género significó que algunos Estados consideraran votar en contra de la Resolución.
AWID: La Resolución fue aprobada con 25 votos a favor, 14 en contra y siete abstenciones. Se esperaba que la votación sería mucho más cerrada. En tu opinión, ¿a qué se debió este aumento de apoyo?
DC: Hubo incidencia y presiones masivas sobre Estados indecisos y Estados de los cuales se esperaba que votarían en contra de la Resolución. Esas acciones vinieron de Estados que apoyaban la Resolución y de la sociedad civil en los países, en las capitales y en Ginebra. También surgió una dinámica interesante que añadió una presión positiva proveniente de Nueva York, donde se estaba llevando a cabo simultáneamente el periodo de sesiones de la Asamblea General y estaban adoptándose algunas posiciones progresivas respecto a los derechos sexuales y reproductivos. Tácticamente fue clave poner al descubierto las contradicciones en las maneras en que los Estados articularon sus posiciones sobre la sexualidad en dos espacios: la Asamblea General y el CDH.
Sabemos que estamos del lado de la justicia. Además, es difícil pasar por alto, ignorar o justificar la violencia contra cualquier persona, aun si sus elecciones y decisiones respecto a ejercer su autonomía se apartan de nuestros propios puntos de vista sobre el deseo y el placer, la intimidad y el género, la sexualidad y el poder.
Y por supuesto no conocemos toda la historia. Lo que sucedió tras puertas cerradas entre los Estados es siempre un factor desconocido. ¿Hubo algún trueque? ¿Qué se canjeó para que hubiera cambios en las posiciones sobre la Resolución? Sea cual fuere el caso, hubo Estados del Sur global que optaron por abstenerse en vez de votar contra la Resolución, mientras que otros pasaron de la abstención a un voto a favor. La votación final reflejó y afirmó un enfoque incremental que permite trabajar a partir de lo que hubo antes.
AWID: ¿Qué hará esta Resolución para fortalecer los compromisos de los Estados de cumplir sus obligaciones y proteger sin distingos los derechos humanos de todas las personas?
DC: En nuestra opinión, la Resolución no hará nada para fortalecer los compromisos de los Estados si los compromisos no están ya ahí. En realidad somos nosotras/os quienes habremos de hacer el trabajo para que esto suceda en el terreno en los países—personas en las primeras líneas de lucha. Como siempre, la tarea deben hacerla quienes han asumido y continúan asumiendo los riesgos a medida que resisten la opresión, confrontan la violencia y el odio y luchan por un cambio a riesgo de sus propios cuerpos y vidas. Y la solidaridad de otros actores, incluyendo Estados y donantes que tienen diferentes esferas de poder e influencia, será esencial en este proceso.
AWID: En tu opinión, ¿qué impacto sustantivo tendrá esta Resolución en las vidas de las personas con quienes trabajas en tu organización?
DC: Casi ninguno. En primer lugar, conociendo el proceso de cambio y lo que se requiere para que ocurran los tipos de cambios necesarios que afectarán sustantivamente las vidas de personas comunes y corrientes, es obvio que una resolución por sí sola no puede tener un impacto sustantivo. Algunas resoluciones, debido al carácter de las acciones a las que exhortan, tienen un mayor potencial de contribuir al cambio. Un ejemplo es la Resolución sobre Mortalidad y Morbilidad Prevenibles Asociadas a la Maternidad y Derechos Humanos, aprobada en 2011, que entre otras cosas posibilitó la redacción de directrices como una contribución a cambios a nivel de las políticas, las instituciones y los programas. Pero esta Resolución no logró eso.
Lo que hizo fue propiciar—o incluso forzar—un diálogo intensificado sobre uno de los muchos asuntos importantes relacionados con la sexualidad y el género. Esto, por sí mismo, es un paso crucial hacia la transformación. Si es cierto que las impugnaciones son momentos clave de reposicionamiento político de los Estados y la cristalización de posiciones [a favor y en contra] es un paso incremental importante, entonces en algún punto esta Resolución y otras similares pueden contribuir y contribuirán a cambios sustantivos en las vidas de la gente.
Lo que la Resolución también hizo fue dar esperanza. Esperanza de que no es en vano el trabajo que todas/os estamos haciendo en torno a la autonomía corporal y la interseccionalidad. Esperanza de que los Estados están lentamente empezando a ver éste como un asunto de derechos humanos. Esta Resolución es una pequeña luz al final del túnel que nos dice que nuestras exigencias serán respondidas—exigencias de justicia erótica y del derecho a la autonomía sobre nuestros cuerpos y vidas. ¡Y nuestros amores!
*Dawn desearía agradecer a Sonia Correa y Stuart Halford de la Sexual Rights Initiative por sus contribuciones.
[1] Para obtener más información sobre las negociaciones en la ONU por favor referir: United Nations - Negotiating Sexual Rights and Sexual Orientation at the UN pp 311
Imagen: Resultados finales de la votación sobre la resolución "Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género"
Traducción de Laura E. Asturias.