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No Ante Medida Fundamentalista En Colombia

El pasado 15 de octubre, el Consejo de Estado tomó la decisión de suspender provisionalmente el Decreto 4444 de 2006 del Ministerio de la Protección Social, por medio del cual se reglamenta la prestación de servicios en salud sexual y reproductiva para la interrupción voluntaria del embarazo.

El pasado 15 de octubre, el Consejo de Estado tomó la decisión de suspender provisionalmente el Decreto 4444 de 2006 del Ministerio de la Protección Social, por medio del cual se reglamenta la prestación de servicios en salud sexual y reproductiva para la interrupción voluntaria del embarazo.
Frente a esta decisión varias organizaciones feministas, entre ellas CLADEM Colombia, hemos elaborado un comunicado: “La interrupción voluntaria del embarazo en Colombia es un derecho de las mujeres”. En ese sentido, invitamos a las organizaciones adherirse (documento adjunto).

Pueden enviar sus adhesiones a: ddhh_ilsa@etb.net.co
Para mayor información: lacolectivacolombia@hotmail.com /casmujerproyecto@etb.net.co / Mesaporlasmujeres@gmail.com
María Eugenia Ramírez
Coordinadora Nacional
CLADEM Colombia
COMUNICADO A LA OPINION PÚBLICA

La interrupción voluntaria del embarazo en Colombia es un derecho de las mujeres
Bogotá, Octubre 28 de 2009. El pasado 15 de octubre, el Consejo de Estado tomó la decisión de suspender provisionalmente el Decreto 4444 de 2006 del Ministerio de la Protección Social, por medio del cual se reglamenta la prestación de servicios en salud sexual y reproductiva para la interrupción voluntaria del embarazo.

Este decreto establece lineamientos para la atención de las mujeres que soliciten los servicios para la interrupción voluntaria del embarazo, cuando se encuentren en alguna de las tres circunstancias que fueron despenalizadas por la Corte Constitucional en la Sentencia C-355 de 2006: cuando exista peligro para la vida o la salud de la mujer, cuando existan malformaciones del feto que hagan inviable su vida o cuando el embarazo sea producto de violación o incesto. La decisión del Consejo de Estado no suspende, ni modifica la vigencia y aplicación de esta sentencia
Sin embargo la existencia de normas reglamentarias es de gran importancia para facilitar y viabilizar el ejercicio de los derechos de las mujeres a decidir por una interrupción voluntaria del embarazo en condiciones seguras y oportunas y responde al cumplimiento de las obligaciones que el Estado colombiano ha adquirido para la garantía de los derechos humanos de las mujeres.
En la estrategia de colocar obstáculos a las mujeres para garantizar los derechos adquiridos por la Sentencia C-355 de 2006 el Procurador General de la Nación solicitó la nulidad de una sentencia de la Corte Constitucional que ordena al Ministerio de Protección Social, al Ministerio de Educación, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación, diseñar y poner en movimiento campañas masivas de promoción de los derechos sexuales y derechos reproductivos de las mujeres, especialmente relacionados con la interrupción voluntaria del embarazo. A las organizaciones firmantes nos genera gran preocupación que en un estado LAICO los servidores-as públicos hagan uso de sus investiduras para incurrir en injerencias arbitrarias y la imposición de creencias particulares que niegan la diversidad, limitan el goce efectivo de los derechos y la dignidad humana, como es el caso de los derechos de las mujeres.

En consideración a lo anterior:

· Instamos al Consejo de Estado y a la rama judicial para que en ejercicio de sus funciones promuevan desde la justicia y tomen decisiones que protejan y garanticen del ejercicio de los derechos de las mujeres colombianas.

· Rechazamos los pronunciamientos hechos por el Procurador General de la Nación que buscan limitar el goce efectivo de los derechos de las mujeres reconocidos por la Corte Constitucional.

· Solicitamos a todas las entidades competentes que den cumplimiento a la sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional y garanticen a todas las mujeres la realización de los procedimientos para la Interrupción Voluntaria del Embarazo de acuerdo con lo establecido por la Corte Constitucional.

· Hacemos un llamado para que se denuncie con prontitud, cualquier obstrucción o negativa al acceso a los servicios de salud para las mujeres que deciden interrumpir voluntariamente el embarazo.

· Instamos al Estado colombiano, para de cumplimiento de sus obligaciones nacionales e internacionales en materia de garantía, protección y respeto de los derechos sexuales y derechos reproductivos de las mujeres.

Licencia del artículo: Copyright - Titular de la Licencia de artículo: CLADEM

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