Iran: Mayor Riesgo Para Los Activistas Por Nueva Ley Sobre Las ONG
El Parlamento iraní se dispone a aprobar una ley que limitará la independencia de las organizaciones de la sociedad civil en el país. Una vez aprobada la ley, serán muchos más los activistas de la sociedad civil expuestos a ser procesados por el ejercicio pacífico del derecho a la libertad de asociación y reunión.
El proyecto de Ley de Establecimiento y Supervisión de Organizaciones no Gubernamentales (ONG) está en la fase de lectura final en el Parlamento de Irán. En los últimos días se han aprobado artículos que limitarán gravemente la independencia de las organizaciones de la sociedad civil, a pesar de la enérgica oposición de muchas organizaciones que se verán afectadas.
En aplicación de la ley se creará un organismo que no deberá rendir cuentas, el Comité Supremo de Supervisión de las Actividades de las ONG. Todas las ONG que desarrollan actividades en la actualidad tendrán que registrarse ante el Comité, que emitirá y anulará los permisos de registro de todas las ONG y tendrá en última instancia autoridad sobre sus juntas directivas. Actualmente, el cierre de organizaciones registradas precisa de una orden judicial. Los activistas que participen en actividades organizadas de ONG sin permiso de registro o cuyo permiso se haya anulado, correrán mayor riesgo aún de ser procesados en aplicación de las imprecisas disposiciones del Código Penal de Irán. Otra de las medidas aprobadas es el requisito de que “todas las manifestaciones no políticas” y todos los contactos con organizaciones internacionales cuenten con un permiso previo del Comité Supremo.
El proyecto de ley sigue examinándose en el Parlamento, o Majles. Una vez aprobado, se remitirá al Consejo de Guardianes, que lo revisará de conformidad con la Constitución y el derecho islámico.
ESCRIBAN INMEDIATAMENTE, en persa, en árabe, en inglés, en francés o en su propio idioma:
- Pidiendo a los parlamentarios iraníes que no aprueben el proyecto de Ley de Establecimiento y Supervisión de ONG, que limita gravemente el ejercicio pacífico del derecho a la libertad de asociación y reunión en Irán.
- Recordando a las autoridades iraníes que la libertad de asociación y reunión está garantizada por los artículos 26 y 27 de la Constitución de Irán y por los artículos 21 y 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el que Irán es Estado Parte.
- Instando a las autoridades a que dejen de hostigar y detener a activistas de la sociedad civil, incluidos los activistas estudiantiles y de los derechos de las mujeres, los ecologistas, los periodistas, los defensores de los derechos humanos y los miembros de asociaciones profesionales como los sindicatos de profesores.
ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS, ANTES DEL 22 DE ABRIL DE 2011, A:
Presidente del Parlamento Speaker of Parliament
Ali Larijani
Majles-e Shoura-ye Eslami
Baharestan Square
Tehran,
Irán
Correo-e: Larijani@parliran.ir
Fax: +98 21 3355 6408
Tratamiento: Your Excellency / Excelencia
Presidente del Consejo de Guardianes Chair of the Council of Guardians
Ayatollah Ahmad Jannati
Council of Guardians
Imam Khomeini Avenue
West of junction with Vali-Asr Ave/Falestin Jonubi St.
Tehran, 1317735111
Irán
Fax: +98 21 6640 1012 (marquen 2 al oír la voz automatizada en persa para empezar a transmitir el fax)
Correo-e: info@shora-gc.ir
Tratamiento: Your Excellency / Excelencia
Y copias a:
Secretario general del Consejo Superior de Derechos Humanos Secretary General, High Council for Human Rights
Mohammad Javad Larijani
High Council for Human Rights
[Care of] Office of the Head of the Judiciary, Pasteur St., Vali Asr Ave. south of Serah-e Jomhouri, Tehran 1316814737, Irán
Correo-e: info@humanrights-iran.ir (Asunto: FAO Mohammad Javad Larijani)
Tratamiento:
Dear Sir / Señor
Envíen también copias a la representación diplomática acreditada en su país. Consulten con la oficina de su Sección si van a enviar los llamamientos después de la fecha indicada.
Información complementaria
El nuevo organismo, el Comité Supremo de Supervisión de las Actividades de las ONG, estará presidido por alguien del Ministerio del Interior y entre sus miembros habrá funcionarios del Ministerio de Información, la Policía, la milicia Basij (fuerza paramilitar de voluntarios), la Guardia Revolucionaria y el Ministerio de Asuntos Exteriores, siendo sólo uno el miembro designado por elección que representará los intereses de las ONG.
Si se aprueba el proyecto de ley, los miembros de ONG que no tengan permiso de registro o cuyo permiso se haya anulado estarán expuestos a ser procesados en aplicación de Código Penal de Irán, que contienen numerosos artículos de imprecisa redacción, relativos, por ejemplo, a la “seguridad nacional” y que restringen la libertad de expresión, asociación y reunión al prohibir actividades como las manifestaciones, las disertaciones públicas y la formación de grupos y asociaciones. Estos imprecisos delitos infringen el principio de legalidad y certeza jurídica, pues son demasiado generales y vagos, por lo que no cumplen los requisitos de claridad y precisión necesarios en el derecho penal y pueden no constituir “delitos comunes reconocibles” según el derecho internacional de los derechos humanos.
En particular, los artículos 183 a 186 del Código Penal, relativos al “delito” de “moharebeh va ifsad fil-arz” o “enemistad con Dios y corrupción en la Tierra”, restringen el derecho a la libertad de asociación. Estos términos se definen en el Código Penal de la manera siguiente: “Toda persona que recurra a armas para causar terror o miedo o para quebrantar la seguridad y la libertad públicas será considerada mohareb y corrupta en la Tierra”. Entre las personas calificadas de “mohareb” figuran “las declaradas culpables de pertenecer o apoyar a una organización que intente derrocar la República Islámica y conspirar para derrocar la República Islámica adquiriendo armas para ello”. Otras disposiciones de la ley especifican otras circunstancias en que una persona puede ser considerada “mohareb”, como espiar y formar un grupo para menoscabar la seguridad de Estado.
El “delito” de “moharebeh” puede penarse con la muerte, y la interpretación de las disposiciones sobre “moharabeh” se deja en cierta medida a discreción de los jueces.
Los artículos 498 y 499 del Código Penal disponen que quienquiera que forme o se una a un grupo o asociación, dentro o fuera del país, que intente “menoscabar la seguridad del país” será condenado a entre 2 y 10 años de prisión, aunque no hay ninguna definición de los conceptos de “menoscabar” y “seguridad del país” en el Código. Los artículos 501 y 508 tratan de las formas de “espionaje”.
Quienes se sumen a manifestaciones o concentraciones no autorizadas pueden ser procesados en aplicación del artículo 610, que tipifica como delito la “reunión y colusión con objeto de atentar contra la seguridad del Estado”, y del artículo 607, relativo al incumplimiento de las órdenes de las autoridades.
Muchas organizaciones de la sociedad civil se establecieron durante la presidencia de Mohammad Jatami, entre 1997 y 2005. Desde que resultó elegido el presidente Mahmoud Ahmadineyad en 2005, las autoridades las ven con recelo y las acusan de formar parte de una “revolución suave”, dirigida a derrocar la República Islámica. Se han cerrado ONG como el Centro para los Defensores de los Derechos Humanos, cofundado por la Nobel de la Paz Shirin Ebadi, y la Asociación para la Defensa de los Derechos de los Presos, cuyo presidente, Emadeddin Baghi, se halla recluido y es preso de conciencia. Hay también activistas que están cumpliendo largas penas de cárcel, como Mohammad Sadigh Kabudvand, fundador de la Organización de Derechos Humanos de Kurdistán; Sa’id Metinpour, activista de los derechos de la minoría azerbaiyana, y Behareh Hedayat, líder estudiantil y activista de los derechos de las mujeres. Asimismo, otros sufren hostigamiento constante y tienen prohibido trabajar.



